DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos YULIBETH COROMOTO GUTIERREZ GIMENEZ y PEDRO RAFAEL PUERTA AMARO, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 29 de Diciembre de 1999, bajo el acta Nro. 474, folio 480 fte., del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1999.