DECISION
Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, por COBRO DE BOLIVARES, vía intimación, incoada por los abogados DOUGLAS RODRIGUEZ y DALIA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 3.947.812 y V- 13.346.601 inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 11.165 y 92.379 respectivamente, actuando en su carácter de endosatarios en procuración del ciudadano RAMÓN DEL CARMEN CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.379.147, contra la ciudadana INGRID COROMOTO CRESPO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.341.221, de este domicilio.
Se ordena el archivo del expediente.
No hay condenatoria en costas, .....