ESTE TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la solicitud de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público de que la presente causa continúe por la vía del procedimiento ordinario, este Tribunal acuerda dicho pedimento, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto faltan diligencias por practicar, a fin del esclarecimiento de los hechos. En consecuencia las presentes actuaciones se remitirán en su oportunidad legal al Fiscal con competencia en materia de droga del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación realizada por el Ministerio Público, se acoge la misma, es decir, POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.....