este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en contra del fallo dictado por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 28 de abril de 2005, que declaró SIN LUGAR la pretensión de la actora, merced a la falta de cualidad del demandante, en el juicio que por Cobro de Bolívares por el procedimiento por Intimación intentare la sociedad de comercio C.A SEGURIDAD Y SERVICIOS EMPRESARIALES, representada por el ciudadano Ramón de Jesús Abreu Machado, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA LUPAR, C.A, representada por el ciudadano Carlos Fernando Lugo Parra, todos ya identificados.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada. Esta decisión queda definitivamente firme en la fecha de su publicación. En consecuencia, remítase de inm.....