Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 9 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, considera prudente y ajustado a derecho, mantener la Medida Cautelar que pesa sobre el imputado JHON ALBERTH JIMÉNEZ TERAN, titular de la cédula de identidad N° 18.950.748, profesión u oficio artesano, nacido en fecha 25-05-1985, de 21 años de edad, hijo de Jorge Jiménez y Reina Mercedes Terán Bencomo, residenciado en calle 5 con carrera 3, 1ra Etapa, El Ujano, casa N° 1-106, Barquisimeto, estado Lara, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la publicación de la presente decisión. Regístrese, Publíquese, Remítase, Cúmplase.-