Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso intentado por la ciudadana GLADYS PASTORA SILVA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.878.775, domiciliada en Barquisimeto Estado Lara, representada por los ciudadanos JOSÉ AGUSTÍN IBARRA, PEDRO DURAN NIETO e YLSE CARDENAS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.961.626, 11.785.732 y 9.686.320, respectivamente, abogados en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo los N° 54.464, 64.944 y 74.999, respectivamente, con domicilio procesal en la carrera 15 con calles 26 y 27, Edificio Estrados, primer piso, oficinas 11 y 12 en la ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, en contra de LA DEFENSORIA DEL PU.....