Por todas las razones expuestas, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos JUAN JOSÉ OCHOA HERNÁNDEZ, venezolano, nacido el 09-02-79, de 24 años de edad, de oficio o profesión vendedor de plátanos, titular de la Cédula de Identidad N° 14.643.943. Hijo de José Gerardo Ochoa (v) y María Hernández de Ochoa (V), residenciado en el Barrio San José, calle 4 con avenida 8, No 4-07, cerca del parque de recreación de esta ciudad. Y a DERSON WILINLLER GARCÍA TORRES, de Nacionalidad venezolana, nacido el 27-08-85, de 18 años de edad, ocupación desempleado, titular de la Cédula de Identidad N° 18.897.674. Hijo de José Gregorio García (v) y Beatriz Elena Torres (V), residenciado en el Barrio El Jebe, sector 7 parte alta, callejón 7, mas arriba de la casa comunal, casa de ad.....