En razón de los criterios precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 20 de junio de 2007, por la ciudadana María Eugenia Giménez Gallardo, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 110.891, actuando en su carácter de parte accionada en el presente procedimiento, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 13 de junio de 2007.