DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por el Abogado GREDDY EDUARDO ROSAS CASTILLO, Apoderado Judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de abril de 2014 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se declara INADMISIBLE la demanda de COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES por la vía incidental, intentada por FREDDY JOSÉ VALERA SOSA, venezolana, abogado, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 10.770.565, contra el ciudadano PASCUALE NUZZO GUIDA, de nacionalidad Extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-910.134.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas procesales.
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