DECRETA UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA PARA EL IMPUTADO: JUAN JOSÉ BAEZ RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.578.134, edad 46 años de edad, profesión u oficio Obrero, estado civil soltero, fecha de nacimiento 11-01-1959, natural de El Tocuyo Estado Lara, hijo de Ramón José Báez Rodríguez y Carmen Alvarado de Báez, residenciado en Barrio Pueblo Nuevo, carrera 8, por la entrada del Hotel la Mansión. El Tocuyo Estado Lara, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. LIBRESE: BOLETA DE DETENCION DOMICILIARIA. OFICIESE AL DIRECTOR DEL PENAL Y AL COMANDANTE DE LA POLICIA GENERAL DE ESTE ESTADO E INFORMESELE DE ESTA DECISION. NOTIFIQUESE A TODAS LAS PARTES. Todo de conformidad con los artículos 1, 4, 6, 7, 8, 9, 13, 244, 247, 256 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 2, 26 y 49 de la.....