Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 30-09-04, por el abogado Arnoldo Lara Sánchez, contra la sentencia interlocutoria dictada el 07-07-04, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, con motivo de la incidencia surgida por la oposición a la medida preventiva de embargo, formulada por el Banco Mercantil C.A., Banco Universal en el juicio por Cobro de Bolívares, seguido por el ciudadano WILLIAMS TORTOLERO MEJIAS contra NELSON ANTONIO SILVA PÉREZ y GLADIS PASTORA TORRES. Se declaró CON LUGAR la oposición de tercero formulada por el BANCO MERCANTI, C.A., BANCO UNIVERSAL, a la medida preventiva de embargo practicada en fecha 26-05-03, por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del estado Lara. Se SUSPENDIÓ la medida de embargo, quedando CONFIRMADA la decisión apelada. Se CONDENÓ en costas al apelante.