es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara, RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, el referido documento, y por ende, HOMOLOGADO EL PRESENTE CONVENIMIENTO judicial de fecha 16/12/2020, relativo al juicio que cursa por ante este Despacho signado con el No. KP02-V-2021-000038, que por reconocimiento de documento privado, fue incoado por los ciudadanos Ana Aurora Navarro de Tovar y Otto Rafael Tovar, contra la ciudadana Francisca Navarro Seijas, en los términos señalados por las partes en el documento suscrito en fecha 16 de Diciembre del año 2020, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la ley y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y as.....