ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta al imputado RICARDO EDUARDO RODRIGUEZ SIVIRA, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, titular de la Cédula de Identidad N° 17.227.672,de 20 años de edad, nacido en fecha 23-01-1986, de profesión u oficio Indefinido, residenciado en: Barrio Santa Isabel, Carrera 09 entre 02 y 03, casa N° 07, cerca de la Panadería la Ocho, en Barquisimeto, Estado Lara; y WILMER EDUARDO RODRIGUEZ SIVIRA venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, titular de la Cédula de Identidad N° 14.978.229, de 26 años de edad, nacido en fecha 07-08-1979, de oficio mecánico, residenciado en: Barrio Santa Isabel, Carrera 09 entre 02 y 03, casa N° 07, cerca de la Panadería la Ocho, en Barquisimeto, Estado Lara MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, de conformidad con lo pautado en el ordinal 1° del señalado artículo 256 ejusdem; consistente en ARRESTO DOMICILIARIO, advirtiéndosele al imputado que el incu.....