DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA ELENA MEJIAS DE LARA, representada por su apoderado judicial Abg. PASTOR JOSE MUJICA RINCONES, la ciudadana MARIA ELENA SANCHEZ, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, SE CONDENA A LA DEMANDADA A : ---------------------------- A) Entregar, libre de personas y cosas, el inmueble ubicado en la carrera 19 entre calles 60 y 61, Quinta “Doña Teodora”, Nro. 60-43, de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara. --------------------------------------------------------------------B) Al Pago de la Cláusula Penal arrendaticia desde el desde el día dieciséis de Junio del año dos mil siete (16/06/2007) hasta la efectiva entrega del inmueble, antes descrito.....