/Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL POR MEDIDA HUMANITARIA AL PENADO: BEDENDY SUAREZ FRANCO, titular de la cédula de identidad nro. 7.418.118, quien la cumplirá en la siguiente dirección: Casa de Cuidado El Peregrino, carrera 7, esquina calle 2, Urbanización Colinas de Santa Rosa, de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, de conformidad con los artículos 479, ordinal 1° y 503 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerda oficiar al Servicio de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, remitiéndole copia de informes médicos del penado a objeto de que se traslade hasta el lugar donde se encuentra el penado a objeto de valoración médico- legal la cual deberá ser remitida a este Tribunal.- Ofíciese.- Regístrese.- Cúmplase.