D E C I S I O N
En razón al Desistimiento, presentado por el ciudadano EDWIN ENRIQUE GUERRERO TENS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.004.73, contra la firma mercantil CALVENKA C.A., ente mercantil de este domicilio, inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 29 de noviembre de 2013, bajo el N° 20, tomo 198-A, representada de forma conjunta por los ciudadanos CARLOS ALBERTO NIETO RODRIGUEZ y JORGE ADRIAN RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 11.786.924 y V- 11.791.498 respectivamente, en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación, téngase como sentenc.....