Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Segundo, Literal "e" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana MERLIN ELISA JIMENEZ, antes identificada, para que gestione el cobro Póliza de Seguros quedantes del De Cujus RODRIGO JOSE CHAPARRO MARTINEZ, ante el Banco Occidental de descuento Bod, así como también para retirar de la cuenta de ahorro Nº 0116 0190 12-0189082283, del referido Banco, el dinero que se encuentre en la misma y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderle a los niños Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica del Niño y Adolescente, ya identificados.
Con el fin de asegurar los derechos de las beneficiarias, se dispone que los beneficios que le correspondan sean entregados a la autorizada en cheque de gerencia emitido a nombre de este Tribunal, para su p.....