-III
Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por GUILLERMINA ESCALONA DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.767.666 contra EDGAR MANUEL PEROZA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, y Titular de las Cédula de identidad N° 7.304.737.
2. SE ORDENA a la parte demandada la entrega libre de bienes y personas del local comercial con un área de cuarenta y dos metros cuadrados (42 M2) de construcción, ubicado en la carrera 18 entre calles 48 y 49, Residencia Kilimanjaro, de esta ciudad, identificado con el N° 04.
3. SE ORDENA al demandado, por concepto de daños y perjuicios, el pago de UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 1.440.000) por cánones insolutos y servicios sin pagar de agua y luz, y de SEISCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.660.000) por concepto de 3.....