este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el Acto y procede como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, e imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena librar oficio al Gerente del Banco Bicentenario (Central) a los fines del desbloqueo de la cuenta de ahorros de la beneficiaria de autos la cual podrá ser movilizada sin la autorización de este Juzgado. Se ordena el archivo del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial del Estado Lara en su oportunidad.
LA JUEZA,
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
Exp. N° 2199-
YRGD/ama/zuly