Decisión
Por las razones antes expresadas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda por Desalojo, intentada por la ciudadana HILDA IRAIDES ALVAREZ MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.381.289, asistida por el abogado CARLOS EDUARDO NAVEA MICHELENA, inscrito en el IPSA bajo el N°. 173.793, representando a la Defensoría Publica Tercera en Materia Civil y Administrativa, Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda para el Estado Lara, contra la demanda EUSMAIRA DEL CARMEN CORDERO GUEDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.057.634.
SEGUNDO: Se Condena, a la parte demandada a hacer entrega del inmueble, totalmente libre de bienes y personas, el cual .....