DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Abg. Cruz Alejandro Maestre Lanza y abg. Ofelia Alejandra Maestre Pineda, actuando en su condición de Defensores Privados del ciudadano WOLFANS OMAR GALINDEZ SIRA, ya que la presunta violación del derecho constitucional alegada por la accionante CESO, ya que en fecha 27 de Septiembre de 2011, la Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal, acordó remitir el Recurso de Apelación, signado con el N° KP01-R-2011-000374, a esta Corte de Apelaciones, el cual fue recibido en la Secretaría de esta Instancia Superior en fecha 27-09-2011, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo
Regí.....