Se admite el recurso contencioso tributario incoado por los abogados LEONARDO PALACIOS MÁRQUEZ, JOSÉ GREGORIO TORRES RODRÍGUEZ, ENRIQUE CRESPO RIVERA y JUAN ESTEBAN KORODY TAGLIAFERRO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.530.995, V-9.298.519, V-6.821.190 y V-12.918.554, inscritos en el INPREABOGADO signado bajo los Nros. 22.646, 41.242, 33.091 y 112.054, respectivamente, procediendo en este acto con el carácter de apoderados de la sociedad mercantil NETUNO, C.A..; en contra de la Resolución signada bajo el Nº 325-2011 de fecha 15 de julio de 2011, notificada el 26 de julio de 2011), emitida por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.