Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR, la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el ciudadano: NUNCIO DI SARLI, titular de la cédula de identidad No. 7.382.617, representado por la abogada: SARAY UGEL G, inscrita en el IPSA bajo el No. 31.592, en contra de la ciudadana: DESIREE VICTORIA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.880.934 y de este domicilio.- En consecuencia, se declara resuelta la relación contractual y se condena a la parte demandada, a entregar a la parte actora, el inmueble ubicado en la Avenida Rómulo Gallegos entre Carreras 30 y 31, Edificio Santa Rosa, casa interna, de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara. Asimismo deberá pagar a la parte actora la cantidad de SETECIENTOS SETENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 770,00) por concepto de cánones de arrendamiento adeudados desde el mes de Noviembre.....