SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra de los ciudadanos NILO DE JESUS GONZALEZ BAEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.397.166 y RIGOBERTO SILVA, titular de la Cedula de Identidad N° V-14.256.055, por la presunta comisión del delito militar de ULTRAJE AL CENTINELA, en grado de autor, de conformidad con lo establecido en los artículos 505 y 502 en concordada relación con el artículo 389 ordinal 1°, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, todo de conformidad con el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable al caso por remisión supletoria de los Artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar,