DISPOSITIVA
Por los razonamientos previamente mencionados, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano CAPITÁN EDWUAR AYALA PERNIA, titular de la cédula de identidad Nº. V- 14.964.704, por la presunta comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en el artículo 519, ABANDONO DE FUNCIONES, previsto en el artículo 534, CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto en el artículo 565 e INSUBORDINACIÓN, previsto en el artículo 512 y sancionado en el numeral 2, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en virtud de los hechos denunciados el día 07 de diciembre 2012, no son típicos por lo tanto no revisten carácter penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 300 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE. Pu.....