En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado NOEL A. ZAPATA BECERRA, procediendo en su propio nombre, en fecha 09 de julio de 2009, en contra del auto de fecha 17 de Junio de 2009, dictado por Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y en consecuencia ordena a la referida Jueza oír en ambos efectos la apelación interpuesta por el referido abogado NOEL A. ZAPATA BECERRA, parte actora en el presente juicio, SIN DILACION ALGUNA, con ocasión al juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ABOGADO, sigue contra el ciudadan.....