En mérito y con fundamento en cada uno de los argumentos expuestos, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia, planteado por el ciudadano ALEXANDER ALBERTO GONZALEZ BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.907.352, asistido por el profesional del derecho JOSE ALBERTO YBARRA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.831. En consecuencia, se confirma la decisión dictada por el Juez Unipersonal VI de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección, dictada en fecha 08 de mayo de 2008, en la que se declaró incompetente para conocer del asunto signado bajo el número AP51-V-2008-006713 y consecuencialmente declinó la.....