Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, interpuesta por la sociedad de comercio BANCO DE CRÉDITO DE COLOMBIA, S.A. (ahora HELM BANK DE VENEZUELA, S.A.), para iniciar e impulsar el cobro ejecutivo y todas sus incidencias.