IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR las apelaciones interpuestas el 25.10.2006 (f. 49), por el abogado Rafael León, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadana BELKYS YOLANDA INSAUSTI PIZZANI; el 31.10.2006 (f. 51) por el abogado Eduardo Salazar Dao, en su carácter de apoderado de la parte demandada, ciudadano JORGE TULIO ROVATTI; y el 30.10.2006 (f. 50) por la abogada María Milagro Da Corte Luna, en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público, contra la decisión interlocutoria dictada el 24.10.2006, (f.44) por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metro.....