Visto el escrito presentado por la Abogada defensora del penado CARLOS ANDRES SANCHEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.668.748, condenado por el Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo del Circuito Judicial Penal Militar, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, como pena principal, lo que equivale a TREINTA (30) MESES DE PRISIÓN, por el delito de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto en el artículo 570 ordinal 1° del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con lo establecido en el artículo 389, ordinal 1° todos del Código Castrense, más las penas accesorias de ley señaladas en el artículo 407 en sus 4 numerales ejusdem, quién solicita permiso para viajar al estado Mérida , desde el 05DIC12 al 14DIC12. Este Tribunal Militar lo AUTORIZA para que viaje al estado Mérida, desde el 05DIC12 al 14DIC12, y deberá presentarse ante este Tribunal Militar el día Lunes 17 de Diciembre de 201.....