este Juzgado Militar Décimo de Control del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida en contra de los ciudadanos SM/2DA, PORTILLO MONTIEL EUDY EVALDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.767.430, SM/3RA, ROMERO CUPITO GUSET FERMIN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.797.097 y S/1RO, MACHO SUTERLAND WILFREDO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.025.062, y en consecuencia se extingue la acción penal y se decreta la libertad plena con respecto a los referidos ciudadanos, a quienes se le seguía causa por la comisión del Delito CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar. Asimismo se levantan todas las obligaciones impuestas por este Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo, Estado Zulia, en fecha 03 de Noviembre de 2009. SEGUNDO: Se .....