Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Tercero de Control de Caracas, actuando en Nombre De La República Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley, DECRETA: PRIMERO: El sobreseimiento a los ciudadanos S2. URBINA SOLORZANO DAVID DAVIS, y S2. ESCALONA CARRIZO NEHOMAR JOSE titulares de las cédulas de identidad números V.- 25.878.360, 26.884.561, por la presunta comisión del delito militar de ABANDONO DE SERVICIO, previsto en el artículo 534 y sancionado en el artículo 537 del Código Orgánico de Justicia Militar, en virtud de que el Ministerio Público no recopilo elementos de convicción en contra de los precitados ciudadanos. SEGUNDO: Por considerar este Tribunal que la ACUSACIÓN presentada por el Fiscal Militar contiene los requisitos exigidos por el legislador en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los acusados Ciudadanos S2. URBINA SOLORZANO DAVID DAVIS, y S2. ESCALONA CARRIZO NEHOMAR JOSE titulares de las cédulas de identidad nú.....