DECLARO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado ALBERTO JOSE DOS SANTOS GONZALEZ, en su carácter de defensor privado del ciudadano Mayor OSWALDO PEREZ MORENO, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del delito militar de Sustracción de Efectos Pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º, del Código Orgánico de Justicia Militar, contra el auto de fecha 10 de junio de 2014, dictado por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, que declaró con lugar la solicitud de la defensa de fijar un lapso prudencial para la conclusión de la investigación, por consiguiente se confirma la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en Maracaibo, de fecha 10 de junio de 2014.