DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE cuanto ha lugar a derecho, salvo su apreciación en la definitiva, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el INSTITUTO AUTÓNOMO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IAFE), conjuntamente con pretensión de amparo constitucional como medida cautelar, por intermedio de su apoderado judicial, abogado JESÚS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ, ambos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto contenido en la Providencia Administrativa N° 00351-08, dictada en fecha 19 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, que ordenó el reenganche y el pago de salarios caídos al ciudadano RICHARD VLADIMIR PRIMERA RODRÍGUEZ.
SEGUNDO: De conformidad con .....