Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus GLADYS TERESA SANDOVAL RINCON, quien en vida era venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V.- 9.145.838, fallecida el día 26 de julio del 2003, según acta de defunción N° 146, de esa misma fecha, expedida por la Prefectura del Municipio Junín, estado Táchira, a los ciudadanos GLADYS COROMOTO SANDOVAL, MIRCE UBALDINA DURAN SANDOVAL, FABIAN EDUARDO DURAN SANDOVAL, NILSIA YAMILE DURAN SANDOVAL, FLORENTINO DURAN SANDOVAL, ANA MARLENE DURAN SANDOVAL y DUBAN DARIO DURAN SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula N° V.- 9.145.838, V.- 11.109.283, V.- 15.438.293, V.- 9.465.350,.....