declara: INCOMPETENTE, para conocer el recurso contencioso administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos HECTOR OLIVIO ALAMO, YARITZA SAGASTIZABAL e ISAAC LEWIS, portadores de la cédula de identidad Nros. 644.285, 9.971.844 y 2.144.754, respectivamente, actuando en su carácter de representantes de la Sociedad Mercantil KENNEDY ELECTRONICS, C.A, empresa debidamente registrada por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el Nro. 39, Tomo 31-A, de fecha 04 de junio de 2.007, mediante la cual solicita la nulidad de la Resolución Nro. PRE-VECO-GCP-152273, emanada de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), de fecha 12 de noviembre de 2012, mediante la cual se acordó iniciar procedimiento administrativo y suspender preventivamente del registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisa (RIUSAD) a dicha Sociedad Mercantil
En consecuencia, se declina la competencia a las Cortes Primera y Segunda .....