En mérito de las consideraciones precedentes, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana SONIA SGAMBATTI, abogada en ejercicio, inscrita el Inpreabogado bajo el Nro. 1779, apoderada judicial del ciudadano JULIO ANTONIO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.120.349, en contra la decisión dictada por la Jueza Unipersonal VIII de este Circuito Judicial en fecha 14 de febrero de 2008. Así se decide.-
Publíquese y regístrese.