PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS CLODOMIRO CONTRERAS ESCALANTE en contra del MUNICIPIO CARDENAS DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Se le ordena a los autoridades y representantes del MUNICIPIO CARDENAS DEL ESTADO TÁCHIRA, acatar el contenido de la providencia administrativa signada con el No. 860/2010, de fecha 19 de Octubre de 2010, a través de la cual se ordenó el reenganche del ciudadano JESÚS CLODOMIRO CONTRERAS ESCALANTE, venezolano mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. V-11.500.636, a su puesto de trabajo.
TERCERO: Se exime de condenatoria en costas a la parte accionada conforme al contenido del artículo 33 de la Ley Orgánica de amparo sobre derechos y garantías constitucionales.
CUARTO: Se le advierte a las partes y a todas las autoridades de la República que el presente fallo es de obligatorio cumplimiento en los términos y condiciones establecidos en él, por estar destinado a la protección de der.....