Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano Soldado CARREÑO BAEZ ERVIN ENRIQUE, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.745.476, quien fuera plaza del 211 Batallón de Infantería "Coronel Antonio Ricaurte", relacionada con la presunta comisión de los delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD y DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 509, 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar, por los hechos ocurridos el 10 de mayo de 2014 en la población de San Antonio del Táchira, específicamente en la Plaza, la Confraternidad, lugar en el cual se encontraban destacados efectivos militares, en el marco de la Operación Centinela 0.....