El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente causa, de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el Abogado en ejercicio VICTOR CARIDAD ZAVARCE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.068, en su carácter de presidente de la empresa INMOBILIARIA DON VICTOR C.A, en contra de la Empresa DISTRIBUIDORA MILENARIA C.A, representada por su Presidente, ciudadano SILVIO ANTONIO BRACHO RAMONES. Dada la declaratoria de oficio de la perención breve, no se podrá intentar de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención de conformidad con el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos de este Despacho, de conformida.....