DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE CONTROL CON SEDE EN MACUTO. ESTADO VARGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano EX INFANTE DISTINGUIDO BLANCO MATA LUAR FRANCISCO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.643.882, quien se encuentra incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523, 527 en su numeral 1° y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Así mismo cesa el Régimen de Prueba, impuesto en fecha Diecisiete (17) de Febrero de 2012.
Regístrese, expídase la copia certificada.
EL JUEZ MILITAR
RAMÓN ALI PEÑALVER VÁSQUEZ
TENIENTE CORONEL
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