Vista la ausencia del imputado así como la solicitud efectuada por el ALFEREZ DE NAVIO MANUEL GUILLERMO BARRERA GONZALEZ, Fiscal Militar Vigésimo Primero Nacional, y el incumplimiento de las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas por este Despacho en fecha 01 de Marzo del año 2010, es por lo que en consecuencia SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano KENDRY JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.212.408; de conformidad con lo dispuesto en los ordinales 1° 2° y 3° del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, conforme a lo establecido en el articulo 44 Ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, Articulo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y Artículos 5 y 262 Ordinales 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal, las autoridades de la República se servirán tomar razón de ella para dar estricto cumplimiento y lograr la aprehensión del mencionado imputado, a quien se le sigue invest.....