Con fundamento a todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Parcialmente Con Lugar la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana Neida Rodríguez Primera, representación de sus hijos, los niños contra el ciudadano Manuel Alvarellos Mouzo, ya identificado. En consecuencia se condena al demandado al pago de la cantidad de dos mil ochocientos bolívares fuertes (Bs. F. 2.800,oo), además de cancelar la cantidad de trescientos treinta y seis bolívares fuertes (Bs. F. 336,oo) de intereses al doce por ciento anual (12%) conforme lo ordena la norma del artículo 374 eiusdem, dando así la cantidad total que debe pagar el obligado de tres mil ciento treinta y seis bolívares fuertes (Bs. F. 3.136,oo). Con respecto al 50% de los gastos de de educación, atención médica, deportes, vestido, cultura, asistencia y recreación, así como lo co.....