Este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 69, 471, 496 y 497, todos del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso del artículo 20 del Código Orgánico de Justicia Militar, ACUERDA CONCEDERLE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIOS, al ciudadano penado: CAPITAN DE CORBETA ® JOSE ACACIO MORENO MORA, titular de la cédula de identidad Nº 13.763.083, en virtud de haberse cumplido con los requisitos exigidos en el Artículo 9, Literales "c", "d", "e" y "g" de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio; por cuanto, el penado de autos, fue detenido judicialmente el día 15 de Mayo de 2014, según consta en Boleta de Encarcelación N° 025-14 de la misma fecha, habiendo cumplido hasta la fecha de hoy 29 de Enero de 2016, UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y CATORCE (14).....