DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el Estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta: PRIMERO: CON LUGAR, la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos SOLDADO YONAIKEN RAMÓN PICHARDO OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.199.889, y SOLDADO LUIS DANIEL BRICEÑO VALERA, titular de la cédula de identidad Nº V-27.405.550, por los hechos que dieron origen a la Investigación Penal Militar, por encontrarse incursos en la presunta comisión del Delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1, del Código Orgánico de Justicia Militar; de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ORDENA, la aplicación del procedimiento ordinario para la investigación de los hechos objeto de la presente Causa de conformidad con lo dispuesto en.....