DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, actuando en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada con ocasión de los hechos ocurridos en la Carretera Luepa - Santa Elena de Uairén, Municipio Gran Sabana, Estado Bolívar, donde falleciera el efectivo militar Cabo Segundo (EJ) Dannys Torres Gómez, plaza del 513 Batallón de Infantería de Selva "G/D Mariano Montilla", todo de conformidad con lo previsto en el artículos 318 ordinal 2º, del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Expídanse las copias certificadas de Ley y háganse las notificaciones y participaciones de rigor. Hágase como se ordena.
Regístrese, diarícese y remítase en su oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar.
EL JUEZ DE CONTROL,
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