Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por la ciudadana JÉSSICA CAROLINA MARZORATI RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.982.887, representada por el abogado LUIS GERARDO ASCANIO ESTEVES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.317, procediendo la quejosa en su carácter de hija del de cujus CESARE CARLO MARZORATTI POZZOLI, quien fuera titular de la cédula de identidad Nº 1.741.488, contra la sentencia dictada el 17 de octubre del 2011 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo de la acción merodeclarativa incoada por el .....