DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho COLINA VARGAS MIGUEL RAMON, en su carácter de defensor del ciudadano CAMACARO ARZOLA JOSÉ EUCLIDES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de septiembre de 2009, en la audiencia para oír al imputado, en el cual decreta la medida judicial preventiva privativa de libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres numerales, 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado .....