PRIMERO: CONDENA al acusado E.A.R.B (OMITE IDENTIDAD, ACUSADO MAYOR DE EDAD), titular de la cédula de identidad Nro V.- 3-036.592 , a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal en concordancia con la agravante genérica consagrada en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en agravio de niña (identidad omitida) de 6 meses de nacida, más la pena accesoria establecida en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem.