de conformidad con los artículos 2, 253 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con los artículos 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal OTORGA EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano penado TENIENTE JOSE ANTONIO GONZALEZ LOPEZ, titular de la cedula de identidad N° V-21.018.330, quien purga privado de libertad una condena de TRES AÑOS (03) DE PRISION, más las penas accesorias de ley señaladas en el artículo 407 en sus numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y la Separación del Servicio Activo por la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA previsto en el artículo 570 ordinal 1 concatenado con los artículos 389 numeral 1 y 390 numeral 1 todos del Código Orgánico de Justicia Militar y ABANDONO DEL SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 534 primer .....